Un socio de Asopuerto he reciber por escrito mediante correo certificado de la Consejería de Fomento de la Región de Murcia, en contestación a la pregunta donde el ingresar el pago de los GASTOS del amarre dice:
Los pagos de los GASTOS se deberán los ingresos en la CUENTA de PUERTOMENOR, S.A.
INFORMACIÓN
1ª. Puertomenor, S.A. deberá enviar los ex-titular el número y banco de la cuenta de Puertomenor, S.A. o enviar el recibo cargado por el banco del socio. (el transferir al banco o los cargos de los recibos, es importe que en ambos sean comprobado y del nombre de la cuenta de Puertomenor, S.A.)
2ª. El importe de los GASTOS (nunca por CUOTA), serán las referidos solamente desde el 7/04 hasta el 31/12, NO se pagarlos otros conceptos como DERRAMA u otros, ni otros importantes, excepto de los fijos de la plantillas.
3ª. Desde el 7 de abril, la Asociación de Titulares del Puerto, en aplicación del Anexo del artículo del 11 del Reglamento de Policia del Puerto, y de los articulos del 7 al 9 de los Estatutos de la «Asociación de Titulares de Derechos de Atraque y Zonas de Servicios del Puerto Deportivo Tomás Maestre de la Manga», juridicamente no puede actuar, ni recibir ni cobrar los importes de los GASTOS Y DERRAMA, ni actuar la Junta Directiva, por lo tanto a los ex-socio deberán los importes cobrados y de devolverlos para pagarlos a los actual Puertomenor, S.A.
4ª. Ahora, desde al 7 de abril, todos los marineros y otros empleados del Puerto Tomás Maestre, se tienen obligado el ALTA de la SEGURIDAD SOCIAL de Puertomenor, S.A., ya que actualmente prestas su trabajo por cuenta de Puertomenor, S.A. (siempre la co-responsable, de ambos, del trabajo del Concesionaria).
º.