El capitulo VII, sección 2ª del referido Decreto-Ley, (atenuación de los efectos de la navegación), se establece entre otros remas los siguientes:
Prohibición de la navegación por el Mar menor a embarcaciones con motores de 2 tiempos; las de embarcaciones de alta velocidad; las embarcaciones con motores intraborda o mixtos sin escape integrado; las motos naúticas, los motores fueraborda y los motores mixtos con escape integrado cuyas emisiones sonoras superen unos determinados valores.
En cuanto a la VELOCIDAD DE NAVEGACIÓN para las embarcaciones que cumplan los requisitos establecidos para poder hacerlo, no p superar los 5 nudos en zonas con una profundidad de cuatro o menos metros de agua; los 3 nudos en canales y zonas de paso, y solo se podrá llegar a los 20 nudos, sin superarlos, en zonas autorizadas para ello.
EN RELACI´ÓN A LOS PUERTOS DEPORTIVOS ( sección 1ª del capítulo). Prohibición de nuevos puertos deportivos y en cuanto a la ampliación o prorogas de la autorización administrativa solo será posible cuando se plantee en un marco de reconversión ambiental de los mismos y siempre que con anterioridad se presente a la prórroga o renovación un estudio de afección a la dinámica litoral y en caso de efectos adversos se deberán ejecutarse las medidas necesarias . La ejecución deberá quedar garantizada suficientemente en la concesión establecida los importes plazos correspondientes
( ASOPUERTO va a solicitar a nuestro abogado Sr. Silgeström – especialista en Derecho Marítimo. un estudio sobre lo que nos pueda afectar dicho norma y que se enviará exclusivamente a los socios de Asopuerto 2.018


Estamos actualizando nuestro fichero de socios para corregir los problemas que hemos venido teniendo por el secuestro que sufrimos del mismo. Agradecemos la colaboración de todos los que nos estáis facilitando nuevamente vuestros datos, principalmente de aquellos que desde hace tiempo no recibían nuestras comunicaciones vía E-mail. También estamos poniendo al días los datos bancarios por lo que próximamente estaremos ya en condiciones de poder ponernos en contacto con la mayoría de todos los socios y seguir enviando información de forma más amplia de lo que lo podemos hacer a través de nuestra página Web.
En la página Web de la Asociación de Titulares de Derechos del Puerto (en la sección socios), se ha publicado la extensa acta de la Asamblea Ordinaria del 27 de julio pasado y en la que constan todas las intervenciones, y la manifestación de la nueva Presidente María del Carmen Campoy, y de la Tesorero María Sanchez, de no poderse votar la aprobación del acta anterior (por estar impugnada judicialmente), así como no poner a votación la aprobación de las cuentas del 2.018, por no haberlas recibido hasta esa fecha y por tanto no haberse podido auditar, ni tampoco el presupuesto para el 2.020, por no disponer la nueva Junta de datos objetivos suficientes para poder hacerlo, aunque adelantaron que si han podido observar la desviación presupuestaría que se ha producido hasta la fecha de la Asamblea y la mala situación de tesorería en la que se encuentra la Asociación, manifestando que todo ello se llevará a una nueva Asamblea cuando dispongan de todos los datos para ofrecer a los socios.
El pasado sábado día 27, el Club Náutico celebró su segunda cena barbacoa que estuvo amenizada con música en directo. En dicha cena se cantó el «cumpleaños feliz» a la nueva Presidente de la Asociación del Puerto que ese día cumplía años y que apagó las velas de la tarta que luego degustaron los asistentes..
El sábado día 27 de julio, se celebró la obligatoria Asamblea ordinaria de la Aaociación de titulares de Atraques y zona de servicios del Puerto Tomás Maestre de la Manga del Mar Menor.